De conformidad con la Ley 7/85, ¿Cuál de los siguientes órganos no es de existencia obligatoria en todos los municipios con más de 5.000 habitantes?
- A.Los tenientes de Alcalde.
- B.La comisión especial de cuentas.
- C.La Junta de gobierno local.
- D.Todos los anteriores son órganos obligatorios.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. En municipios con más de 5.000 habitantes, según el artículo 20 de la Ley 7/1985, todos los órganos mencionados son de existencia obligatoria: los Tenientes de Alcalde, la Comisión Especial de Cuentas y la Junta de Gobierno Local, junto con el Alcalde y el Pleno. Por lo tanto, la respuesta correcta es que todos los anteriores sí son órganos obligatorios.