La participación en la consecución de los objetivos de la unidad donde presta servicio un empleado público, se considera:
- A.Un derecho.
- B.Un deber.Respuesta correcta
- C.No es un derecho, ni es un deber.
- D.No existe nada regulado en esta materia.
Explicación
La respuesta correcta es B. La participación en la consecución de objetivos de la unidad donde presta servicios el funcionario es un DEBER, no un derecho. El TREBEP y normas de función pública lo establecen así.