Pregunta 50

Policía Local - 2015 - Policía Local - Utrera

Según el Reglamento de Circulación, cuando las calzadas dispongan de más de un carril de circulación en cada sentido de marcha, la autoridad encargada de la regulación del tráfico podrá habilitar, por razones de fluidez de la circulación, carriles para su utilización en sentido contrario al habitual. ¿Qué restricciones o particularidades tendrá la utilización de un carril en sentido contrario al habitual?:

  • A.No podrán circular por dicho carril las motocicletas ni los turismos con remolque.
  • B.Los usuarios de este tipo de carriles circularán siempre, al menos, con la luz de corto alcance o de cruce encendida, tanto de día como de noche, a una velocidad máxima de 60 kilómetros por hora y a una mínima de 60, o inferiores si así estuviera establecido o específicamente señalizado.Respuesta correcta
  • C.Los vehículos no podrán desplazarse lateralmente invadiendo el carril o carriles destinados al sentido normal de la circulación, salvo y siempre que las circunstancias de la vía y la suficiente seguridad lo permitan, para adelantar.

Explicación

La respuesta correcta es B. En los carriles con sentido de circulación contrario al habitual, los conductores deben cumplir restricciones específicas: circular siempre con luz de corto alcance o de cruce encendida, tanto de día como de noche, mantener una velocidad máxima de 60 kilómetros por hora, o la mínima indicada si así estuviera establecido en la señalización específica. Estas medidas garantizan la seguridad del tráfico en carriles especiales con circulación bidireccional.