Dispone el Código Penal que será castigado con la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años:
- A.Al que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en ochenta kilómetros por hora en vía urbana o la permitida reglamentariamente.
- B.Al que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía interurbana o la permitida reglamentariamente.
- C.Al que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en vía interurbana o la permitida reglamentariamenteRespuesta correcta
- D.Al que condujere un vehículo de motor o un ciclomotor a velocidad superior en sesenta kilómetros por hora en vía urbana o en ochenta kilómetros por hora en vía interurbana o la permitida reglamentariamente
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 379.1 del Código Penal castiga con privación del derecho a conducir por uno a cuatro años conducir a velocidad superior en 60 km/h en vía urbana o 80 km/h en interurbana respecto al límite reglamentario.