De conformidad con el Reglamento General de Circulación, ¿por qué tipo de vía se efectuará el tránsito de animales de tiro, carga o silla, cabezas de ganado aisladas, en manada o en rebaño, cuando no exista itinerario practicable por vía pecuaria y siempre que vayan custodiados por alguna persona?: (señale la opción correcta)
- A.Por la vía principal, como otro vehículo.
- B.Por la vía alternativa que tenga menor intensidad de circulación de vehículos.
- C.Por el borde o la calzada como regla general.Respuesta correcta
- D.Por la zona peatonal.
Explicación
La respuesta correcta es C. El Reglamento General de Circulación establece que, cuando no existe vía pecuaria practicable, los animales transitan por el borde o calzada como regla general, custodiados.