En cuanto a las actuaciones de urbanización o edificación que sean manifiestamente incompatibles con la ordenación urbanística, el Ayuntamiento o la Consejería con competencias en materia de urbanismo, en su caso, dispondrá:
- A.Su inmediata demolición.Respuesta correcta
- B.Solo su suspensión hasta que consiga la pertinente licencia.
- C.El cambio de dicha ordenación urbanística.
- D.Nada de lo anterior.
Explicación
La respuesta correcta es A. La LOUA ordena que ante actuaciones de urbanización o edificación manifiestamente incompatibles con la ordenación, el Ayuntamiento o Consejería dispondrá su inmediata demolición sin perjuicio del procedimiento sancionador.