Pregunta 71

Policía Local - 2014 - Policía Local - Cádiz

Si el agente de Tráfico, le requiere el permiso de conducción, D. Antonio le contesta que no está obligado a llevarlo porque se puede comprobar vía telemática. Conteste la respuesta correcta:

  • A.D. Antonio no está obligado a presentar el permiso de conducción basándose en el artículo 2 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores
  • B.D. Antonio no está obligado a presentar el permiso de conducción basándose en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por la que se aprueba la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial
  • C.D. Antonio sí está obligado a presentar el permiso de conducción basándose en el artículo 2 del Real Decreto 818/2009, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de ConductoresRespuesta correcta
  • D.D. Antonio sí está obligado a presentar el permiso de conducción basándose en el artículo 59 del Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Conductores

Explicación

La respuesta correcta es C. El conductor está obligado a presentar el permiso de conducción cuando un agente de tráfico se lo requiera. La negativa constituye una infracción administrativa.