La Detención de un particular se encuentra contemplada en la Ley de Enjuiciamiento Criminal en su artículo:
A.490Respuesta correcta
B.492
C.494
D.496
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 490 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal permite a cualquier persona detener a quien intente delinquir o sea delincuente en flagrancia.