Conforme establece el Real Decreto Legislativo 339/1990, de 2 de marzo, por el que se aprueba el texto articulado de la Ley sobre Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial en su Título Primero y dentro de las competencias sobre tráfico, circulación de vehículos a motor y seguridad vial, la coordinación de la prestación de la asistencia sanitaria en las vías públicas o de uso público, será competencia de:
- A.De la administración del Estado.
- B.Del Ministerio del Interior.Respuesta correcta
- C.Del Ministerio del Interior salvo en Cataluña y el País Vasco.
- D.Del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico previa aprobación del Consejo Superior de Seguridad Vial.
Explicación
La respuesta correcta es B. El Ministerio del Interior es competente para coordinar la prestación de asistencia sanitaria en vías públicas o de uso público a nivel nacional.