¿En cuál de las siguientes materias pueden asumir competencias las Comunidades Autónomas, de acuerdo con el artículo 148.1 de la Constitución Española?:
- A.Sanidad exterior.
- B.Organización de sus instituciones de autogobierno.Respuesta correcta
- C.Iluminación de costas y señales marítimas.
- D.Pesca marítima.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 148.1 de la Constitución Española permite que las comunidades autónomas asuman competencias en su organización de autogobierno. Sanidad exterior, costas y pesca son competencias exclusivas del Estado.