Pregunta 13

Técnico Auxiliar Informática del Estado - 2021 - Informática - Gobierno de Aragón (Libre)

Sobre el desistimiento, en el procedimiento administrativo:

  • A.Puesto que se trata de una declaración unilateral de abandonar la pretensión en el procedimiento ya iniciado, la Administración nunca podría desistir, debido a que siempre actúa de oficio.
  • B.Todo interesado podrá desistir de su solicitud o, cuando ello no esté prohibido por el ordenamiento jurídico, renunciar a sus derechos.Respuesta correcta
  • C.Si la cuestión suscitada por la incoación del procedimiento entraña interés general o es conveniente sustanciarla para su definición y esclarecimiento, la Administración puede no aceptar el desistimiento de un interesado en el procedimiento.
  • D.El desistimiento en los procedimientos iniciados a instancia de parte implica la renuncia al derecho por parte del interesado.

Explicación

El art. 94. 1 de la Ley 39/2015 establece que todo interesado podra desistir de su solicitud o, cuando no este prohibido, renunciar a sus derechos (opcion .