Conforme al artículo 75 de la Constitución:
- A.Las Cámaras podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos o proposiciones de ley orgánicas.
- B.Las Cámaras no podrán delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes las cuestiones internacionales.Respuesta correcta
- C.Sólo el Congreso podrá delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes los proyectos o proposiciones de reforma constitucional.
- D.Sólo el Congreso podrá delegar en las Comisiones Legislativas Permanentes los Presupuestos Generales del Estado.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 75 de la Constitución Española permite que las Cámaras deleguen en Comisiones Legislativas Permanentes la aprobación de proyectos de ley, pero excluye expresamente las cuestiones internacionales, las leyes orgánicas, los presupuestos generales y la reforma constitucional.