(Reserva) Para la tramitación simplificada, la Ley 39/2015, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que en el procedimiento de responsabilidad patrimonial:
- A.Transcurridos tres meses desde que se inició el procedimiento sin que haya recaído y se notifique resolución expresa o, en su caso, se haya formalizado el acuerdo, podrá entenderse que la resolución es contraria a la indemnización del particular.
- B.Si una vez iniciado el procedimiento el órgano competente para su tramitación considera inequívoca la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión, así como la valoración del daño y el cálculo de la cuantía de la indemnización, podrá acordar de oficio la suspensión del procedimiento general y la iniciación de un procedimiento simplificado.Respuesta correcta
- C.Serán preceptivos en todo caso, además del trámite de audiencia al interesado, el informe del servicio cuyo funcionamiento haya ocasionado la presunta lesión indemnizable y el dictamen del Consejo de Estado o, en su caso, del órgano consultivo de la Comunidad Autónoma.
- D.Si una vez iniciado el procedimiento el órgano competente para su tramitación considera inequívoca la relación de causalidad entre el funcionamiento del servicio público y la lesión, así como la valoración del daño y el cálculo de la cuantía de la indemnización, podrá acordar de oficio la suspensión del procedimiento general y la iniciación de un procedimiento simplificado, previo informe del Jurado Provincial de Expropiación que habrá de ser emitido en el plazo de 5 días.
Explicación
La respuesta correcta es B. Para la tramitación simplificada del procedimiento de responsabilidad patrimonial, cuando el órgano competente considere inequívoca la relación de causalidad, la valoración del daño y el cálculo de la indemnización, puede acordar de oficio la suspensión del procedimiento general e iniciar uno simplificado más rápido.