El Esquema Nacional de Seguridad, Real Decreto 3/2010, de 8 de enero, en su artículo 34, indica que los sistemas de información de nivel medio serán objeto de una auditoría regular ordinaria que verifique el cumplimiento de los requerimientos en él definidos. ¿Cuál es la periodicidad obligatoria para la realización de la misma?
- A.Al menos cada año.
- B.Al menos cada dos años.Respuesta correcta
- C.Cuando se produzcan modificaciones en el sistema de información.
- D.Ninguna de las anteriores.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 34 del ENS (RD 3/2010) exige que los sistemas de nivel medio se sometan a auditoría ordinaria al menos cada dos años. No es cada año ni depende solo de modificaciones.