El Consejo de Estado:
- A.Es el órgano del Estado con relevancia constitucional siendo, según el artículo 117 del Título VI de la Constitución Española, supremo órgano consultivo de la Administración del Estado.
- B.Es el órgano del Estado con relevancia constitucional y no puede ejercer funciones consultivas respecto de las Comunidades Autónomas.
- C.Es el órgano del Estado con relevancia constitucional y supremo órgano consultivo del Gobierno, y también de las Comunidades Autónomas, siempre que estas lo soliciten, y de forma preceptiva en los casos establecidos en la Ley Orgánica del Consejo de Estado, si las Comunidades Autónomas no han creado sus propios órganos consultivos.Respuesta correcta
- D.Es el supremo órgano consultivo del Gobierno, con autonomía orgánica y funcional respecto del mismo, dependiente del Ministerio de la Presidencia y para las Administraciones Territoriales.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 107 de la Constitución Española establece que el Consejo de Estado es el supremo órgano consultivo del Gobierno. Su Ley Orgánica permite consulta también por las CCAA. Tiene autonomía orgánica plena, no depende de Ministerio alguno, y tiene sede en Palacio de los Consejos.