De acuerdo al texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público), se consideran contratos menores los contratos de importe inferior a (IVA excluido):
- A.40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 12.000 euros, cuando se trate de otros contratos.
- B.40.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 15.000 euros, cuando se trate de otros contratos.
- C.50.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos.
- D.60.000 euros, cuando se trate de contratos de obras, o a 18.000 euros, cuando se trate de otros contratos.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Según el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público (RDLeg 3/2011), los contratos menores tenían límites específicos de importe. La respuesta oficial marca D con límites de 60.000 euros para obras y 18.000 para otros tipos de contratación.