De acuerdo con lo establecido en la Constitución Española, las Comunidades Autónomas podrán asumir competencias en las siguientes materias:
- A.Legislación sobre productos farmacéuticos.
- B.Bases de régimen minero y energético.
- C.Ordenación del territorio, urbanismo y vivienda.
- D.Legislación sobre propiedad intelectual e industrial.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 148.1 de la Constitución Española enumera las competencias que pueden asumir las Comunidades Autónomas, incluyendo ordenación del territorio, urbanismo y vivienda. Otras materias como justicia, defensa e inmigración son competencias exclusivas del Estado según el artículo 149.