Aprobada la reforma constitucional por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando así lo soliciten:
- A.Dentro de los veinte días siguientes a su aprobación, la mayoría simple de los miembros de cualquiera de las Cámaras.Respuesta correcta
- B.Dentro de los veinte días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
- C.Dentro de los quince días siguientes a su aprobación, la mayoría simple de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
- D.Dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 167.3 de la Constitución Española establece que la reforma constitucional se someterá a referéndum cuando lo soliciten, dentro de quince días posteriores a su aprobación, una décima parte de los miembros de cualquiera de las Cámaras. La precisión en estos plazos y proporciones es determinante.