La Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, establece que la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales dispondrán de un registro electrónico general de apoderamientos, en el que deberán inscribirse, al menos:
- A.Los de carácter general y particular otorgados apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas. También deberá constar el bastanteo realizado de poder.
- B.Los de carácter general y particular otorgados apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas. No siendo necesario que conste el bastanteo realizado de poder.
- C.Los de carácter general otorgados apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas. También deberá constar el bastanteo realizado de poder.
- D.Los de carácter general y particular otorgados apud acta, presencial o electrónicamente, por quien ostente la condición de interesado en un procedimiento administrativo a favor de representante, para actuar en su nombre ante las Administraciones Públicas. No siendo necesario que conste el bastanteo realizado de poder.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. La Ley 39/2015 regula en su artículo 6 el registro electrónico general de apoderamientos. En este registro deben inscribirse los poderes generales y particulares otorgados, constituyendo un medio para acreditar la representación ante la Administración de manera telemática.