A tenor de lo dispuesto en la Ley 8/2006, de 24 de octubre, del Gobierno de la Comunidad Autónoma de Andalucía, son nulas las resoluciones administrativas que vulneren lo establecido en un reglamento:
- A.Salvo que hayan sido dictadas por órganos de igual o superior jerarquía que el que lo haya aprobado.
- B.Aunque hayan sido dictadas por órganos de igual o superior jerarquía que el que lo haya aprobado.
- C.Salvo que hayan sido dictadas por órganos de superior jerarquía que el que lo haya aprobado.Respuesta correcta
- D.Aunque hayan sido dictadas por órganos de superior jerarquía que el que lo haya aprobado.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 44 de la Ley 6/2006 del Gobierno de Andalucía establece que son nulas las resoluciones administrativas que vulneren un reglamento. Esta nulidad opera incluso cuando la resolución proviene de órganos de igual o superior jerarquía, reflejando el principio de inderogabilidad singular del reglamento.