Pregunta 90

Técnico Auxiliar Informática del Estado - 2013 - TIC A1 - Superior de Sistemas y Tecnologías (Libre)

De acuerdo con el RDL 1/1996 de 12 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, el plazo de duración de los derechos de explotación de un programa de ordenador por una persona jurídica será de:

  • A.30 años a partir de la divulgación y 70 desde la fecha de su creación.
  • B.70 años computados a partir del 1 de enero del año siguiente al de la divulgación.Respuesta correcta
  • C.50 años computados a partir de su creación.
  • D.70 años computados a partir de la fecha de divulgación.

Explicación

La respuesta correcta es B. Según el Real Decreto Legislativo 1/1996 (Ley de Propiedad Intelectual), los derechos de explotación de un programa creado por persona jurídica duran 70 años computados desde el 1 de enero del año siguiente al de la divulgación.