El Director de la Agencia Española de Protección de Datos tiene un nombramiento por un período de:
- A.2 años.
- B.3 años.
- C.4 años.Respuesta correcta
- D.5 años.
Explicación
El artículo 36 de la Ley Orgánica 15/1999 de Protección de Datos de Carácter Personal establece el marco normativo para el nombramiento del Director de la Agencia Española de Protección de Datos. Conforme a este precepto, el Director es nombrado por un período de CUATRO AÑOS. El procedimiento de nombramiento se realiza mediante Real Decreto del Gobierno, y la selección se realiza de entre los miembros del Consejo Consultivo, a propuesta del Ministro de Justicia. Esta duración temporal y el mecanismo de designación buscan garantizar la independencia funcional del Director respecto a los ciclos políticos ordinarios y proporcionar estabilidad institucional.