Para que las imágenes electrónicas realizadas por la Administración de documentos en soporte no electrónico tengan la naturaleza de copias electrónicas auténticas, con el alcance y efectos previstos en el art. 46 de la Ley 30/1992, se deben cumplir ciertos requisitos. ¿Cuál de los siguientes NO es uno de ellos?
- A.La copia electrónica incluya su carácter de copia entre los metadatos asociados.
- B.Que el documento copiado sea un original o una copia auténtica.
- C.Que las imágenes electrónicas sean codificadas conforme a alguno de los formatos y con los niveles de calidad y condiciones técnicas especificados en el Esquema Nacional de Interoperabilidad.
- D.En los metadatos se incluya el órgano y lugar donde se custodie el original o copia auténtica en soporte no electrónico.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Incluir en metadatos el órgano y lugar de custodia del original no es requisito obligatorio. La Ley 30/1992 establece otros requisitos como legitimación del responsable y calidad técnica.