La suscripción de actas con acuerdo según lo dispuesto en el artículo 155 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria, procederá:
- A.Cuando para la propuesta de regularización, el actuario no haya utilizado más que la documentación aportada por el obligado tributario en el curso del procedimiento.
- B.Cuando para la propuesta de regularización haya sido preciso realizar estimaciones, valoraciones o mediciones de datos que no puedan cuantificarse de forma cierta alcanzándose un acuerdo con el obligado tributario previo a la liquidación de la deuda tributaria.Respuesta correcta
- C.Cuando el obligado tributario, o su representante, manifiesten su conformidad con la propuesta de regularización de la Inspección de los tributos.
- D.Cuando el obligado tributario o su representante, comparezca a la firma de las Actas y las suscriba mediante su firma.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 155 de la Ley 58/2003 establece que las actas con acuerdo proceden cuando sea preciso realizar estimaciones, valoraciones o mediciones de datos que no puedan cuantificarse de forma cierta, alcanzándose un acuerdo con el obligado tributario previo a la liquidación de la deuda.