Pregunta 85

Hacienda - 2023 - Agente de la Hacienda Pública

Conforme a lo dispuesto en el artículo 76.5 del Real Decreto 939/2005, de 29 de julio, por el que se aprueba el Reglamento General de Recaudación, ¿quién está legitimado para interponer recurso de reposición o reclamación económico-administrativa contra la notificación de una diligencia de embargo de bienes inmuebles de la Administración Tributaria?:

  • A.El obligado al pago y el cónyuge en el caso de que el objeto del embargo sea un bien de titularidad compartida.
  • B.El obligado al pago no tiene la obligación de comunicar su orden de domiciliación a los órganos de la Administración.
  • C.El obligado al pago si considera que incurre en alguna de las causas de oposición admisibles.Respuesta correcta
  • D.Cualesquiera que se vean afectados por los derechos sobre el bien embargado.

Explicación

La respuesta correcta es C. Según el artículo 76.5 del Reglamento de Recaudación, el obligado al pago está legitimado para recurrir una diligencia de embargo si consideran que incurren en causas de oposición admisibles. Estas causas están limitadas: extinción de deuda, prescripción, aplazamiento vigente, falta de notificación reglamentaria o incumplimiento de proporcionalidad. Solo el obligado al pago tiene legitimación específica para esta impugnación.