De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 99 de la Ley 37/1992, de 28 de diciembre, del Impuesto sobre el Valor Añadido, indique cuál de las siguientes afirmaciones es CORRECTA:
- A.Las cuotas de IVA soportadas son deducibles en la declaración-liquidación correspondiente al período de devengo del impuesto.
- B.Se entienden soportadas las cuotas deducibles en el momento del devengo del impuesto, aunque todavía no se haya recibido la correspondiente factura.
- C.Las cuotas soportadas son deducibles si se dispone de la factura, con independencia de cuál sea su destino previsible.
- D.El derecho a la deducción podrá ejercitarse en el plazo de cuatro años desde que se soportó la correspondiente cuota.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. El artículo 99 de la Ley del IVA establece que el derecho a deducir cuotas soportadas puede ejercitarse en los períodos posteriores al que se soportó la cuota, pero existe un límite temporal: el contribuyente tiene hasta cuatro años desde que se soportó la cuota para ejercitar este derecho. Este plazo de cuatro años es fundamental para que la deducción sea válida.