De acuerdo con el artículo 33 Ley 35/2006, de 28 de noviembre, del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, cuáles de las siguientes ganancias o pérdidas patrimoniales se integran en la base imponible del impuesto:
- A.Las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión de la transmisión de la vivienda habitual por mayores de 65 años.
- B.Las pérdidas patrimoniales derivadas de la transmisión por actos inter vivos a liberalidades.
- C.Las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con ocasión del pago de deudas tributarias con bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español.
- D.Las ganancias patrimoniales que se pongan de manifiesto con la cancelación de la hipoteca, cuando el deudor disponga de otros bienes en cantidad suficiente para cancelar la hipoteca.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Las ganancias patrimoniales por cancelación de hipoteca sí se integran en la base imponible del IRPF cuando el deudor dispone de otros bienes suficientes. En cambio, las opciones A, B y C describen supuestos de exención o exclusión legal: las ganancias de mayores de 65 años por venta de vivienda habitual, las pérdidas por liberalidades, y las ganancias por dación en pago de bienes históricos quedan fuera de la base imponible.