Al Consejo de Ministros, como órgano colegiado del Gobierno, le corresponde, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 50/1997, de 27 de noviembre, del Gobierno, el ejercicio de la siguiente función:
- A.Remitir los Tratados internacionales a las Cortes Generales en los términos previstos en los artículos 94 y 96.2 de la Constitución.Respuesta correcta
- B.Aprobar la Ley de Presupuestos Generales del Estado.
- C.Proponer al Rey la disolución del Congreso, del Senado o de las Cortes Generales.
- D.Plantear ante el Congreso de los Diputados la cuestión de confianza.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 5 Ley 50/1997 atribuye al Consejo de Ministros la función de remitir Tratados internacionales a las Cortes Generales. La aprobación de Presupuestos, disolución de Cámaras y cuestión de confianza corresponden a otros órganos.