Pregunta 63

Hacienda - 2020 - Agente de la Hacienda Pública

Al Sr. Álvarez le ha sido notificada la providencia de apremio el día 28 de febrero, ¿cuál es el plazo para el pago de la deuda tributaria, según lo establecido en el artículo 62.5 de la Ley 58/2003, General Tributaria?:

  • A.Desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el 5 de marzo y, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.Respuesta correcta
  • B.Desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el 22 de marzo, siendo el 20 y 21 inhábiles.
  • C.Desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el 5 de abril y, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.
  • D.Desde la fecha de la recepción de la notificación hasta el 20 de abril y, si éste no fuera hábil, hasta el inmediato hábil siguiente.

Explicación

La respuesta correcta es A. Notificada providencia de apremio el 28 febrero (entre días 16-último del mes), el plazo de pago vence el 5 de marzo o inmediato hábil. El artículo 62.5 LGT diferencia según rango de fechas dentro del mes.