En el caso de que un crédito se declare incobrable:
- A.La deuda tributaria se extinguirá al día siguiente de la declaración del crédito como incobrable.
- B.La deuda tributaria se extinguirá al día siguiente de su baja en cuentas.
- C.La deuda tributaria se extinguirá al día siguiente de la notificación al obligado de la declaración del crédito como incobrable.
- D.La deuda tributaria se extinguirá si, vencido el plazo de prescripción, no se hubiera rehabilitado.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es D. Un crédito declarado incobrable no se extingue de inmediato. La deuda se extingue si vence el plazo de prescripción sin que se haya rehabilitado.