Según dispone el artículo 11.1 del Real Decreto 1619/2012, de 30 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento por el que se regulan las obligaciones de facturación, ¿cuál será el plazo para la expedición de las facturas cuando el destinatario de la operación sea un empresario o profesional que actúe como tal?
- A.Deberán expedirse antes del día 16 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación.Respuesta correcta
- B.Deberán expedirse antes de finalizar el mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación.
- C.Deberán expedirse antes del día 20 del mes siguiente a aquél en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación.
- D.Deberán expedirse antes de finalizar el mes en que se haya producido el devengo del Impuesto correspondiente a la citada operación.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 11.1 del RD 1619/2012 establece que cuando el destinatario sea empresario o profesional, las facturas deben expedirse antes del día 16 del mes siguiente al devengo.