Pregunta 36

Hacienda - 2019 - Agente de la Hacienda Pública

Antes de la iniciación del procedimiento administrativo, el órgano competente para iniciar o instruir el procedimiento, de oficio o a instancia de parte, en los casos de urgencia inaplazable y para la protección provisional de los intereses implicados, podrá adoptar de forma motivada las medidas provisionales que resulten necesarias y proporcionadas. ¿Quedarán sin efecto, en todo caso, estas medidas provisionales?

  • A.Cuando sean objeto de recurso administrativo.Respuesta correcta
  • B.Si, una vez iniciado el procedimiento, éste se paraliza por causa imputable al interesado.
  • C.Si no se inicia el procedimiento en los quince días siguientes a su adopción o cuando el acuerdo de iniciación no contenga un pronunciamiento expreso acerca de las mismas.
  • D.Cuando puedan causar perjuicio de difícil o imposible reparación a los interesados o que impliquen violación de derechos amparados por las leyes.

Explicación

La respuesta correcta es A. Según el artículo 56.2 de la Ley 39/2015, las medidas provisionales adoptadas antes del procedimiento quedarán sin efecto si no se inicia el procedimiento en 15 días posteriores o si el acuerdo de iniciación no contiene pronunciamiento expreso.