Real Decreto relativo a las infracciones administrativas de contrabando. ¿Quién es competente para acordar el cierre de establecimientos por infracciones administrativas de contrabando relacionadas con las labores del tabaco?
- A.El Administrador de Aduanas e Impuestos Especiales.
- B.El Jefe de Dependencia de Aduanas e Impuestos Especiales.
- C.El Interventor de Territorio Franco.
- D.El Director del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta correcta es la D. El Real Decreto 1649/1998 atribuye expresamente al Director del Departamento de Aduanas e Impuestos Especiales la competencia exclusiva para acordar el cierre de establecimientos por infracciones de contrabando relacionadas con el tabaco, siendo esta una potestad reservada únicamente a este órgano.