Pregunta 37

Guardia Civil - 2025 - Guardia Civil - Escala de Cabos y Guardias

Código Civil. De la guarda y acogimiento de menores. En relación con el acogimiento familiar, señale la opción INCORRECTA.

  • A.El acogimiento familiar permanente se constituirá bien al finalizar el plazo de dos años de acogimiento temporal por no ser posible la reintegración familiar, o bien directamente en casos de menores con necesidades especiales o cuando las circunstancias del menor y su familia así lo aconsejen.
  • B.El acogimiento familiar podrá tener lugar en la propia familia extensa del menor o en familia ajena, pudiendo en este último caso ser especializado.
  • C.El acogimiento familiar de urgencia, principalmente para menores de seis años, tendrá una duración no superior a seis meses, en tanto se decide la medida de protección familiar que corresponga.
  • D.El acogimiento familiar temporal, que tendrá carácter transitorio, porque de la situación del menor se prevé la reintegración de éste en su propia familia, tendrá una duración máxima de dos años.Respuesta correcta

Explicación

El acogimiento familiar temporal tiene carácter transitorio para facilitar reintegración familiar o adoptar medida más estable como acogimiento permanente o adopción.