Ley Orgánica sobre protección civil del derecho al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen. Señale la opción INCORRECTA.
- A.Conforme a la Constitución, los derechos al honor, a la intimidad personal y familiar y a la propia imagen tienen el rango de fundamentales.
- B.Los derechos protegidos en la ley son considerados absolutamente ilimitados.Respuesta correcta
- C.Los imperativos del interés público pueden hacer que por ley se autoricen expresamente determinadas entradas en el ámbito de la intimidad, que no podrán ser reputadas ilegítimas.
- D.La ley fija, de acuerdo con lo prevenido en la Constitución, el cauce legal para la defensa frente a las injerencias o intromisiones ilegítimas, así como las pretensiones que podrá deducir el perjudicado.
Explicación
La respuesta correcta es la B. La Ley Orgánica 1/1982 de protección civil del derecho al honor, intimidad y propia imagen no configura estos derechos como absolutamente ilimitados. Su artículo 2 delimita expresamente su protección considerando el ámbito que cada persona mantiene reservado para sí misma o su familia.