Real Decreto sobre entrada, libre circulación y residencia en España de ciudadanos de los Estados miembros de la Unión Europea y de otros Estados parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo. En los supuestos en los que la permanencia en España de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea, cualquiera que sea su finalidad, tenga una duración inferior a ___, será suficiente la posesión de pasaporte o documento de identidad en vigor, en virtud del cual se haya efectuado la entrada en territorio español.
- A.Seis meses.
- B.Tres meses.
- C.Nueve meses.
- D.Un año.Respuesta correcta
Explicación
La respuesta oficial es D (un año). Sin embargo, el Real Decreto 240/2007 sobre entrada de ciudadanos de la UE establece que para estancias inferiores a tres meses solo se requiere pasaporte o DNI vigente. El umbral comúnmente reconocido para exención de registro es de tres meses, no un año.