Ley de Enjuiciamiento Criminal. Competencia de los Jueces y Tribunales en lo criminal. Fuera de los casos que expresa y limitativamente autorice la Constitución y las leyes a Jueces y Tribunales determinados y salvo que la competencia corresponda al Juez de Violencia sobre la Mujer, ¿quién será competente para el conocimiento y fallo de los juicios por delito?
- A.El Juez Central de Instrucción.
- B.El Juez de Instrucción.Respuesta correcta
- C.La Audiencia Provincial.
- D.El Juez de lo Penal.
Explicación
La respuesta oficial es B (Juez de Instrucción). Sin embargo, técnicamente la instrucción corresponde al Juez de Instrucción, pero el fallo de juicios por delito ordinariamente corresponde al Juzgado de lo Penal (delitos menores) o la Audiencia Provincial (delitos graves). La competencia jurisdiccional se distribuye según la gravedad y naturaleza del delito.