Constitución Española. De las Comunidades Autónomas. En caso de no prosperar la iniciativa del proceso autonómico, solamente podría reiterarse pasados…
- A.Cinco años.Respuesta correcta
- B.Seis años.
- C.Ocho años.
- D.Tres años.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 143.3 de la Constitución Española establece que la iniciativa del proceso autonómico, en caso de no prosperar, solamente podrá reiterarse pasados cinco años. Este plazo evita reiteraciones inmediatas de procesos fallidos.