Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional. En relación con las funciones y atribuciones del Fiscal respecto a las investigaciones, el Fiscal NO podrá...
- A.Pedir que se adopten las medidas necesarias para asegurar el carácter confidencial de la información, la protección de una persona o la preservación de las pruebas.
- B.Ordenar la comparecencia de un Estado u organización u acuerdo intergubernamental de conformidad con su respectiva competencia o mandato.Respuesta correcta
- C.Concertar las disposiciones o acuerdos compatibles con el presente Estatuto que sean necesarios para facilitar la cooperación de un Estado, una organización intergubernamental o una persona.
- D.Adoptar las medidas necesarias para asegurar el carácter confidencial de la información, la protección de una persona o la preservación de las pruebas.
Explicación
El Fiscal de la Corte Penal Internacional puede solicitar cooperación a Estados y organizaciones, pero NO puede ordenarles comparecer pues son sujetos soberanos; solo puede ser instado a cooperar.