Ley de Enjuiciamiento Criminal. De la Policía Judicial. De los que a continuación se expresan, ¿quién puede asistir a un miembro de la Policía Judicial a actuar bajo identidad supuesta?
- A.El Ministro del Interior.
- B.El Jefe de la Unidad Orgánica de Policía Judicial.
- C.El Ministerio Fiscal.Respuesta correcta
- D.El Director de la Guardia Civil.
Explicación
El Ministerio Fiscal puede autorizar a la Policía Judicial a actuar bajo identidad supuesta en investigaciones de delincuencia organizada. El Ministerio del Interior otorga formalmente la identidad supuesta.