Pregunta 81

Guardia Civil - 2020 - Guardia Civil ingreso

Ley del Sistema Nacional de Protección Civil. Definiciones. A los efectos de esta ley se entenderá por peligro...

  • A.El potencial de ocasionar daño en determinadas situaciones a colectivos de personas o bienes que deben ser A preservados por la protección civil.Respuesta correcta
  • B.La situación en la que personas y bienes preservados por la protección civil están expuestos en mayor o menor medida a un peligro inminente o latente.
  • C.Una situación o acontecimiento que altera o interrumpe sustancialmente el funcionamiento de una comunidad o EEN sociedad por ocasionar gran cantidad de víctimas, daños e impactos materiales, cuya atención supera los medios disponibles de la propia comunidad.
  • D.La característica de una colectividad de personas o bienes que los hacen susceptibles de ser afectados en mayor ed o menor grado por un peligro en determinadas circunstancias.

Explicación

El peligro en protección civil se define como el potencial de ocasionar daño a colectivos de personas o bienes. Se diferencia de otros conceptos como vulnerabilidad, amenaza y catástrofe.