Código Civil. Están sujetos a tutela:
- A.Los que obtuvieren el beneficio de la mayor edad.
- B.Los declarados pródigos.
- C.Los menores no emancipados que no estén bajo la patria potestad.Respuesta correcta
- D.Los emancipados cuyos padres fallecieren.
Explicación
El artículo 222 del Código Civil establece que están sujetos a tutela: menores no emancipados sin patria potestad, incapacitados según sentencia y sujetos a patria potestad prorrogada al cesarse.