En el procedimiento abreviado de la LJCA, dentro de los diez primeros días del plazo para contestar la demanda, las partes demandadas podrán solicitar:
- A.Que se celebre vista. El LAJ decidirá sobre dicha solicitud mediante Decreto.
- B.Que se celebre vista. El juez o la jueza decidirá sobre dicha solicitud mediante auto.
- C.Que se celebre vista. El juez o la jueza decidirá sobre dicha solicitud mediante auto.
- D.Que se celebre vista. El LAJ decidirá sobre dicha solicitud mediante auto.
Explicación
Pregunta anulada en esta plataforma: dos opciones tienen texto idéntico por un defecto de extracción y la fuente original no permite reconstruirlas de forma fiable.