En los expedientes de jurisdicción voluntaria sobre adopción, es competente el Juzgado de Primera Instancia:
- A.Del domicilio del adoptando, salvo que se tratara de una persona de menor de edad o persona con discapacidad, en cuyo caso, será del domicilio del adoptante.
- B.De la residencia habitual del adoptando.
- C.Correspondiente a la sede de la Entidad Pública que ha encomendado la protección del adoptando y, en su defecto, el del domicilio del adoptante.
- D.Correspondiente a la sede de la Entidad Pública que ha encomendado la protección del adoptando y, en su defecto, el del domicilio del adoptante.
Explicación
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