Pregunta 8

Gestión Procesal y Administrativa - 2024 - Gestión Procesal y Administrativa

Son apelables los autos dictados por los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo, en procesos de los que conozcan en primera instancia, en los siguientes casos:

  • A.Los relativos a una pieza separada de medidas cautelares, en un solo efecto.Respuesta correcta
  • B.Los recaídos en ejecución de sentencia, en ambos efectos.
  • C.Los que declaren la admisión del recurso contencioso-administrativo.
  • D.Los relativos a materia electoral comprendidos en el artículo 8 de la LJCA, en un solo efecto.

Explicación

La respuesta correcta es A. El artículo 80.1.a) de la LJCA contempla como apelables los autos dictados por los Juzgados Centrales de lo Contencioso-administrativo relativos a piezas separadas de medidas cautelares en un solo efecto. Esta es la opción que describe correctamente el supuesto según la norma.