De conformidad con el artículo 245 de la LEC, la tasación de costas podrá ser impugnada en el plazo máximo de:
- A.Tres días.
- B.Cinco días.
- C.Diez días.Respuesta correcta
- D.Veinte días.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 245 de la LEC establece que la tasación de costas practicada por el Letrado de la Administración de Justicia podrá ser impugnada en plazo de diez días, el mismo que se otorga para su aprobación tácita.