De acuerdo con la LJCA, la medida cautelar podrá denegarse cuando de ésta pudiera seguirse perturbación grave de:
- A.Los intereses generales.Respuesta correcta
- B.Los derechos fundamentales o las libertades públicas.
- C.Los intereses económicos.
- D.Los servicios públicos.
Explicación
La respuesta correcta es A. El artículo 130.2 de la LJCA permite denegar una medida cautelar cuando pudiera seguirse perturbación grave de los intereses generales o de tercero. Esta es la única opción que refleja literalmente los términos de la norma.