De conformidad con el artículo 769 de la LEC, en los procedimientos matrimoniales, en caso de residir los cónyuges en distintos partidos judiciales, será tribunal competente, a elección del demandante:
- A.El del último domicilio del matrimonio.Respuesta correcta
- B.El del lugar de celebración del matrimonio.
- C.El del lugar de nacimiento de los hijos comunes del matrimonio.
- D.El del lugar donde se hubieran efectuado las capitulaciones matrimoniales.
Explicación
En procedimientos matrimoniales con cónyuges en distintos partidos judiciales, el demandante puede elegir el tribunal del último domicilio del matrimonio o el del demandado.