De conformidad con el artículo 773 de la LEC, en los procesos matrimoniales, puede solicitar medidas provisionales:
- A.El demandante en el acto de la vista.
- B.El demandado, en su escrito de contestación.Respuesta correcta
- C.Sólo puede pedirlas el demandante.
- D.El demandado, con al menos tres días de antelación a la celebración de la vista.
Explicación
La respuesta correcta es B. El artículo 773.4 LEC permite que el cónyuge demandado solicite medidas provisionales en su contestación a la demanda, que se sustanciarán en la vista si esta se señala dentro de diez días posteriores a la contestación.