De conformidad con el artículo 446 de la LEC contra las resoluciones del tribunal en el juicio verbal sobre admisión o inadmisión de pruebas:
- A.No cabrá recurso alguno, pudiendo reproducir la pretensión en la segunda instancia.
- B.Sólo cabrá recurso de reposición, suspendiéndose el acto para resolver el mismo.
- C.Sólo cabrá recurso de reposición, que se sustanciará y resolverá en el acto.Respuesta correcta
- D.Sólo cabrá recurso de apelación.
Explicación
La respuesta correcta es C. El artículo 446 LEC (en redacción vigente) establece que en el juicio verbal, contra las resoluciones sobre admisión o inadmisión de pruebas solo cabe recurso de reposición, sustanciado y resuelto en el propio acto de vista sin suspensión.